Capítulo 6 - ¿Cómo hacer cumplir el salario mínimo?

6.6 Sistemas de sanciones disuasorias

Las sanciones deberían ser disuasorias y rápidas

El cumplimiento es estimulado cuando los empleadores consideran que tienen probabilidades de ser objeto de inspecciones y de verse expuestos a sanciones. Para ser disuasorio, un sistema de sanciones debería incluir penalizaciones que sean lo suficientemente elevadas como para tener un efecto disuasorio.

Las sanciones no tienen que tener necesariamente carácter penal para ser eficaces y disuasorias. La creación de un costo económico para sancionar el incumplimiento crea un incentivo para el cumplimiento. En los casos en que los "sistemas de sanciones" no imponen multas elevadas, éstas deberían complementarse con costos fijos adicionales, que pueden provocar pérdidas indirectas, como la pérdida de los subsidios estatales, por ejemplo1.

La duración de los procedimientos requeridos para imponer sanciones también influye en el grado en que las sanciones actúan como elemento disuasorio. Las sanciones inmediatas tienen un mayor efecto disuasorio que los procedimientos más largos, sobre todo si sus resultados son inciertos.

Por ejemplo, cuando las sanciones se imponen a través de los procedimientos judiciales, los tribunales carecen a menudo de recursos suficientes para tramitar de manera eficiente los litigios laborales. Esto puede alentar el incumplimiento por parte de los empleadores, ya que son conscientes de esta situación y se dan cuenta de que no corren un riesgo real de ser objeto de sanciones efectivas.

En cuanto a los trabajadores, por otra parte, es probable que se desanimen y abandonen la idea de denunciar las infracciones ante los tribunales, ya que los resultados de esos procedimientos son inciertos.

¿Hay que autorizar a los inspectores a imponer multas?

Costa Rica es uno de los numerosos países en que las inspecciones del trabajo no están autorizadas a imponer multas por infracciones a la legislación laboral, en particular en lo que se refiere a los salarios. Por regla general, las inspecciones efectuadas en Costa Rica pueden desembocar en la imposición de multas sólo después de que una inspección de seguimiento ha determinado que la infracción persiste.

Una vez confirmada la persistencia de la infracción, la inspección del trabajo somete el caso a los tribunales, que determinarán la multa. Del mismo modo, los trabajadores tienen que recurrir a los tribunales para reclamar el pago de los salarios pendientes. La realidad es que los procesos judiciales son largos, y que sólo una pequeña proporción de casos concluyen con la imposición de multas y el abono retroactivo de los salarios impagos. Esto plantea dudas en cuanto a la posibilidad de mejorar las tasas de cumplimiento del salario mínimo mediante el fortalecimiento del sistema de sanciones2.

Las estrategias de inspección del trabajo y los sistemas de sanciones disuasorias para contrarrestar las infracciones constituyen la columna vertebral indispensable de cualquier sistema creíble de cumplimiento. Esto ocurre en particular cuando los trabajadores carecen de representación colectiva o son vulnerables por otros motivos, como en el caso de los trabajadores de la economía informal, las trabajadoras y trabajadores domésticos, los trabajadores poco calificados y los migrantes indocumentados3.

1 Chang, Y-M. y Ehrlich I.: “On the economics of compliance with the minimum wage law”, en Journal of Political Economy, vol. 93, 1985, páginas 84-91.

2 Vega, M. L. y Robert R.: Sanciones de la Inspección del Trabajo: Legislación y práctica de los
sistemas nacionales de Inspección del Trabajo. Programa sobre Administración e Inspección del Trabajo
LAB/ADMIN, documento de trabajo núm. 26 (OIT, Ginebra, 2013); Trejos, J. D., op. cit. (2013).

3 Para más detalles sobre las diversas modalidades de sanción previstas por distintos países para los casos de infracción de las disposiciones sobre salario mínimo, véase OIT: Sistemas de salarios mínimos, Estudio General 2014, op. cit., páginas 166-170.