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Pueblos indígenas y tribales

La Declaración revisada sobre las empresas multinacionales de la OIT contribuirá a promover los derechos de los pueblos indígenas

El compromiso de las empresas a favor de los pueblos indígenas y tribales en conformidad con la Declaración sobre las EMN puede dar lugar a relaciones más fuertes, menos conflictos y nuevas oportunidades para garantizar un desarrollo inclusivo y sostenible para todos.

Opinión | 31 de marzo de 2017
Por Martin Oelz, Especialista principal de la OIT en igualdad y no discriminación


Por primera vez, el Convenio de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169) fue incluido en la versión revisada de la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social (Declaración EMN) adoptada por el Consejo de Administración de la OIT en marzo 2017. Su inclusión destaca la pertinencia de esta Declaración para que los gobiernos, los interlocutores sociales, las empresas nacionales y multinacionales aborden las cuestiones relacionadas con los pueblos indígenas en sus políticas, estrategias y prácticas. Los pueblos indígenas y tribales representan alrededor de cinco por ciento de la población del mundo, es decir cerca de 370 millones de personas concentradas en más de 70 países.

Los pueblos indígenas y tribales – que representan casi 15 por ciento de la personas en situación de pobreza en el mundo – son especialmente vulnerables a la discriminación y la exclusión. Ellos enfrentan dificultades específicas para acceder a una educación de calidad, oportunidades de trabajo decente, apoyo a actividades que generen ingresos y a la protección social. Además, son entre los más afectados por el impacto del cambio climático y la expropiación de tierras.

El Convenio núm. 169 es el único tratado internacional abierto a la ratificación dedicado específicamente a los derechos de los pueblos indígenas, ratificado hasta el momento por 22 países, incluyendo 14 de América Latina. Este Convenio se basa en el reconocimiento de las aspiraciones de los pueblos indígenas y tribales del mundo de ejercer el control sobre sus propias instituciones, formas de vida y desarrollo y de mantener y fortalecer sus identidades, lenguajes y religiones, dentro del marco de los Estados donde viven. Destacando los principios de igualdad, consulta, participación y cooperación, el Convenio es un marco para la democracia participativa, la paz social y el desarrollo sostenible.

La Declaración EMN es el único instrumento global adoptado de manera tripartita por gobiernos, empleadores y trabajadores de todo el mundo que tiene como objetivo fomentar la contribución positiva de las empresas al desarrollo socioeconómico y al objetivo mundial de trabajo decente, y mitigar y resolver los posibles impactos negativos de actividades empresariales. Esta versión revisada de la Declaración EMN responde a las nuevas realidades y tendencias económicas, desde su última actualización en 2006. Se fortaleció a través de nuevos principios que abordan determinadas prioridades del trabajo decente, como la igualdad de oportunidades y de trato, el trabajo forzoso, la transición de la economía informal a la formal, la seguridad social, la seguridad y la salud en el trabajo y las relaciones profesionales. Los principios de la Declaración EMN se basan en declaraciones, normas, directrices y códigos de prácticas de la OIT pertinentes a la Declaración Tripartita, incluyendo el Convenio núm. 169.

La versión revisada de la Declaración EMN proporciona una orientación clara y un marco para las empresas sobre cómo pueden contribuir a alcanzar el trabajo decente a través de sus operaciones. También hace un llamado a las empresas multinacionales, como parte de su responsabilidad de respetar los derechos humanos, a actuar con la debida diligencia a fin de no infringir los derechos de otras personas, y a calibrar los riesgos en materia de derechos humanos al detectar y evaluar las consecuencias negativas sobre los derechos humanos a través de sus propias actividades o como resultado de sus relaciones comerciales. La declaración establece que este proceso deberá incluir consultas sustantivas con los grupos potencialmente afectados.

La inclusión del Convenio núm. 169 en la Declaración EMN revisada destaca que las empresas tienen un interés directo de actuar conforme a los principios del Convenio, incluso en el contexto de sus esfuerzos de debida diligencia en materia de derechos humanos. Dichos esfuerzos contribuirán a garantizar la legitimidad, las asociaciones y la sostenibilidad.

La colaboración positiva con los pueblos indígenas, conforme a los principios de promoción del empleo y de igualdad de la Declaración EMN, puede aportar una serie de beneficios, como relaciones más sólidas con las comunidades que reducirían el número de conflictos, mejores relaciones con los gobiernos, beneficios en términos de reputación, mayor compromiso de los empleados y la posibilidad de asociarse con los pueblos indígenas y de aprender de sus contribuciones y conocimientos extraordinarios.

Según el Convenio núm. 169, corresponde al Estado consultar a los pueblos indígenas en lo que concierne a las medidas legislativas o administrativas que puedan afectarlos directamente. Sin embargo, uno de los principales desafíos continúa siendo la falta de mecanismos sólidos para tales consultas, y la ausencia de políticas públicas que propicien tanto las actividades económicas como los derechos y los intereses de los pueblos indígenas. La inclusión del Convenio núm. 169 en la lista de las normas internacionales del trabajo pertinentes a la Declaración EMN proporciona un nuevo impulso para que los gobiernos, las empresas, las organizaciones de empleadores y de trabajadores, y los pueblos indígenas se reúnan con el fin de abordar estos problemas y examinen el establecimiento de mecanismos y procedimientos de consulta conforme a lo previsto en el Convenio.

Por lo tanto, la Declaración EMN ofrece a los países con pueblos indígenas y tribales mayores oportunidades para el crecimiento inclusivo y el desarrollo económico local a través de leyes y políticas adecuadas, prácticas corporativas responsables y mecanismos de diálogo eficaces.