Decisión sobre el segundo punto del orden del día: Orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo

Repertorio de decisiones | 26 de marzo de 2010

Decisión sobre el segundo punto del orden del día:
Orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo

El Consejo de Administración tomó nota de esta sección del informe.

(Documento GB.307/2, párrafos 1 a 4.)

El Consejo de Administración decidió aplazar el examen de este punto del orden del día hasta su 308.ª reunión (junio de 2010).

El Consejo de Administración decidió:

a) que la 101.ª reunión (2012) de la Conferencia Internacional del Trabajo se celebraría en Ginebra;

b) que, en el orden del día de la 101.ª reunión (2012) de la Conferencia, se inscribiría un punto para discusión recurrente sobre el objetivo estratégico relativo a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, que abarcaría las cuatro categorías de principios y derechos fundamentales;

c) que aplazaría hasta su 308.ª reunión (junio de 2010) el examen de los demás puntos del orden del día de la 101.ª reunión (2012) de la Conferencia.

(Documento GB.307/2, párrafos 12 y 17.)

Propuestas para el orden del día de futuras reuniones de la Conferencia Internacional del Trabajo

El Consejo de Administración decidió aplazar hasta su 308.ª reunión (junio de 2010) el examen de los puntos para futuras reuniones de la Conferencia Internacional del Trabajo, que figuran en el anexo III del documento GB.307/2 respecto a los cuales tal vez convendría acelerar la labor de investigación y las consultas, así como de cualquier otro punto que debiera ser desarrollado.

(Documento GB.307/2, párrafo 20.)

Propuestas sobre el punto titulado «El empleo y la protección social
en el nuevo contexto demográfico», inicialmente inscrito en el orden
del día de la 98.ª reunión (2009) de la Conferencia Internacional del Trabajo

El Consejo de Administración decidió que el tema a que se refiere el punto titulado «El empleo y la protección social en el nuevo contexto demográfico» sería abordado de manera pertinente en las discusiones recurrentes sobre el empleo y la protección social, que tendrían lugar en las reuniones de la Conferencia Internacional del Trabajo de los años 2010 y 2011, respectivamente.

(Documento GB.307/2, párrafo 24.)